"Hasta ahora Kutxabank era inatacable, pero esta sentencia cambia las cosas"
Por primera vez en Euskadi una Audiencia
Provincial (la de Álava) ha declarado nulo el interés 'IRPH cajas y
entidades' (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) que afecta a
unas 40.000 personas en Euskadi, lo que puede suponer una rebaja
importante en sus recibos hipotecarios. Montero, Rocha & Asociados,
encabezado por su socio fundador José Montero Murillo,
es el bufete especialista en Derecho hipotecario que posee un protocolo
específico para tratar este tipo de casos con total seguridad, ya que,
de hecho, han sido los pioneros en Bizkaia en tratar estos asuntos.
Hablamos con José Montero sobre este histórico fallo judicial.
Pregunta. Por primera vez en
Euskadi una Audiencia Provincial declara nulo el interés "IRPH (Índice
de Referencia de Préstamos Hipotecarios) cajas y entidades". ¿Qué
argumenta el tribunal?
Respuesta. El tribunal
se basa en la argumentación de que no es un tipo transparente. El IRPH
es un tipo que regula el tipo de interés que se va a cobrar a los
clientes que tienen una hipoteca regulada por esto pero no tiene que ver
con el euríbor. Es un indicador distinto. Mientras que el euríbor lo
emite el Banco Central Europeo y va subiendo en función de las
necesidades de una serie de operadores económicos, el IRPH es una media,
no ponderada, sino aritmética. El Banco de España coge en un mismo año
todos los tipos de interés que emiten todos los bancos, desde el
Santander, que emite un préstamo personal al 2%, a otro más pequeño que
lo hace al 7%. Hace una media de todo eso y saca un porcentaje.
Normalmente está entre el 3% y el 4%
pero dice el tribunal que esto debe ser transparente y no lo es para los
clientes. Primero porque no se puede saber cómo calcula esa media el
Banco de España (se le ha pedido que especifique las fuentes, en qué
momento hace la media, si algún banco tiene más peso que otro y se
niega).
La sentencia hace referencia a una
sentencia del tribunal de Luxemburgo que hablaba de la transperancia,
porque es un tema muy llevado y traido, y decía que la transparencia no
debe ser sólo gramatical, sino también aritmética. El cliente tiene que
poder entender el tipo de interés que se le va a aplicar y cómo se va a
calcular ese interés. En este caso esto no pasa ni de lejos.
También dice que es muy llamativo que
las hipotecas que están reguladas por IRPH, ninguna tiene cláusula
suelo. Y eso dice el tribunal que como el IRPH es un valor manipulable
por las entidades financieras, que no depende de Europa, sino de las
propias entidades financieras.
Es decir, que si yo soy el Santander y emito préstamos a más alto nivel sé que mis hipotecas con IRPH también van a subir, con lo cual las puedo manipular fácilmente.
Es decir, que si yo soy el Santander y emito préstamos a más alto nivel sé que mis hipotecas con IRPH también van a subir, con lo cual las puedo manipular fácilmente.
Los bancos no ponían cláusula suelo aquí
porque como podían manipular este porcentaje y mantenerlo alto, no
necesitaban poner un tope por debajo porque sabían que ese IRPH no iba a
bajar. Por eso el tribunal dice que la ausencia de cláusula suelo
denota la tranquilidad de los bancos y su manipulación del tipo. De esta
forma, comercialmente, podían vender mucho más estas hipotecas.
La sentencia que ha sido noticia es contra la BBK, que incluyó muchos IRPHs en sus hipotecas y, al no tener que meter cláusula suelo, le permitía comercialmente vender: "Oye, que nuestras hipotecas no tienen cláusula suelo". Pero sí tenían IRPH. Esto no lo decían y tampoco cómo se iba a regular.
La sentencia que ha sido noticia es contra la BBK, que incluyó muchos IRPHs en sus hipotecas y, al no tener que meter cláusula suelo, le permitía comercialmente vender: "Oye, que nuestras hipotecas no tienen cláusula suelo". Pero sí tenían IRPH. Esto no lo decían y tampoco cómo se iba a regular.
El tribunal también dice, como ya
veníamos diciendo nosotros también, que los bancos tienen información
privilegiada de este tema desde el año 1998, 99,2000. Ellos ya sabían lo
que iba a pasar. Por eso, a partir del año 2000, 2001, empiezan a meter
IRPH y demás.
P. ¿Cómo afecta esta anulación a los clientes?
R. El IRPH nunca bajó
del 3%. A los clientes les afecta en el sentido de que cuando
conseguimos quitar este IRPH y considerarlo nulo, este porcentaje
desaparece de la escritura y pueden pasar dos cosas: que algunos tengan
como sustitutivo el euríbor más un 0%, pues se les empezará a aplicar el
euríbor, con lo cual pasarán de 3,5% a 0,48%. El ahorro es bestial.
En la mayor parte de los casos, como los
bancos pensaban que esto no iba a suceder no ponían ningún sustituto.
De esta forma,al anular el IRPH desaparece el tipo de interés. Nosotros
lo que pedimos es que el contrato sobreviva cuando se le extirpe esta
cláusula abusiva.
Con lo cual, una hipoteca por la que pagábamos 750 euros se le puede a bajar a 300 o 350 y además se le va a devolver todas las cantidades cobradas de más en ese tiempo.
Con lo cual, una hipoteca por la que pagábamos 750 euros se le puede a bajar a 300 o 350 y además se le va a devolver todas las cantidades cobradas de más en ese tiempo.
Nosotros tenemos un cliente que pidió en
2001 una hipoteca de de 240.000, que pasará de pagar 950 euros al mes a
400 y le serán devueltos 90.000 euros.
P. ¿A cuántas personas afecta esta anulación en Euskadi?
R. En Euskadi tenemos
varias estadísticas, creemos que hay entre 40.000 y 45.000 personas
afectadas. No es una de las comunidades más afectadas pero tampoco la
que menos.
P. Kutxabank es la entidad más afectada por este asunto.
R. Las tres principales
entidades, BBK, Vital y Kutxa comercializaron bastantes hipotecas
durante un tiempo con el IRPH. Hasta ahora Kutxabank ha sido inatacable
porque en primera instancia ganaban los clientes, pero en segunda
instancia el tribunal lo echaba para atrás. De hecho, el pasado
noviembre en San Sebastián hubo una sentencia muy conocida que daba la
razón al cliente, pero luego la Audiencia lo echó para atrás. Ahora la
noticia de que la Audiencia de Álava lo considera abusivo es un
espaldarazo tremendo para todas aquellas personas que llevan años
esperando sin saber si pueden reclamar o no.
P. Montero, Rocha & Asociados posee un protocolo específico para tratar este tipo de casos. ¿En qué consiste?
R. Un protocolo no es
otra cosa que coger una serie de casos, estudiar este tema durante
muchos años y hacer un protocolo estricto que se debe aplicar. Esto
significa que a un cliente que viene , en función de cuando firmó la
hipoteca,con qué baco y con qué tipo de cláusulas, tenemos un protocolo
específico. Esto hace que consigamos una sentencia condenatoria para el
banco con la que le baja el recibo, le devuelven el dinero y sin ningún
tipo de riesgo. Además, hay otros abogados a los que puede costar más
tiempo, entre dos y tres años, porque carecen de este protocolo y tienen
que andar mirando cada cosa. Nosotros hemos acortado el procedimiento a
seis o siete meses.
http://www.bilbao24horas.com/index.php/opinion/entrevistas/16128-hasta-ahora-kutxabank-era-inatacable-pero-esta-sentencia-cambia-las-cosas
Poco a poco iréis cayendo. Sinvergüenzas
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